Claves para conseguir las ayudas a la contratación

Los sucesivos gobiernos han impulsado distintas ayudas a la contratación para intentar resolver la principal lacra de la economía española: el desempleo. Ni en los mejores y más prolongados ciclos de crecimiento económico, España ha logrado alcanzar el objetivo del pleno empleo.

Estas ayudas de los ejecutivos a los autónomos y empresarios han consistido en bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social. La mayor parte de las bonificaciones se han destinado a la contratación de trabajadores en situación de desempleo y, concretamente, a colectivos vulnerables como mayores de 50 años y jóvenes.

A lo largo de la crisis económica, han aflorado nuevas bonificaciones al aprobarse la reforma laboral, la ley de estabilidad presupuestaria, la aportación reducida o la tarifa plana de 500 euros para contratos indefinidos. Tal maraña normativa no facilita los trámites de contratación a los autónomos, por lo que resumimos los incentivos más significativos a continuación.

Bonificaciones a la contratación indefinida

  • Trabajadores desempleados mayores de 45 años con contrato de fomento de emprendedores: los incentivos son una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.300 euros anuales durante tres años. En los casos de mujeres contratadas en sectores que se encuentran poco representas, la ayuda se incrementa hasta los 1.500 euros al año.
  • Trabajadores desempleados de hasta 30 años con contratos de fomento de emprendedores: las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social ascienden a 1.000 euros el primer año, 1.100 el segundo y 1.300 euros el tercer año. A esta cuantía se puede sumar una bonificación de 100 euros si el autónomo contrata a mujeres en sectores dominados por varones.
  • Trabajadores beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: se bonificará 300 euros mensuales en las cuotas empresariales a las personas beneficiarias del SNGJ. Este incentivo se puede prolongar durante medio año.
  • Trabajadores discapacitados: la bonificación de las cuotas a la Seguridad Social oscilará entre los 4.500 y 6.300 euros al año según el grado de discapacidad, la edad y el sexo del trabajador. Si el discapacitado trabaja en un centro especial de empleo, se bonificará el 100% de la cuota.

En principio, esta bonificación no tiene límite temporal.

  • Trabajadores en situación de exclusión social: se bonificará la cuota empresarial hasta los 600 euros anuales durante cuatro años. Esta ayuda no está sujeta a cambios legislativos que la pudiesen reducir.
  • Víctimas del terrorismo: bonificación de 1.500 euros al año durante 48 meses. Es una bonificación indefinida.
  • Víctimas de violencia de género: se pueden bonificar 1.500 euros anuales hasta los 4 años. Se trata de una bonificación de carácter indefinido.

Bonificaciones a la contratación temporal

  • Jóvenes desempleados contratados para la formación y el aprendizaje: se bonificará entre el 75 y el 100% de las cuotas del empresario si el joven está inscrito en las listas del paro. Esta ayuda es de carácter indefinido.
  • Contratos de interinidad: la bonificación asciende al 100% de las cuotas que la compañía aporta a la Seguridad Social por el interino y el sustituto a lo largo del período de sustitución. Las situaciones más recurrentes son bajas por enfermedad, maternidad o riesgo durante el embarazo.
  • Contratos de interinidad para discapacitados: la aportación a la Seguridad Social por contingencias comunes se bonificará en un 100% hasta que finalice la sustitución. El sustituto también deberá ser discapacitado.
  • Trabajadores con discapacidad: la bonificación de la cuota oscilará entre 3.500 y 5.300 euros al año según el grado de discapacidad, la edad y el sexo. La ayuda se prolongará hasta que finalice el contrato temporal y es de carácter indefinido.
  • Trabajadores en situación de exclusión social: bonificación de un máximo de 500 euros anuales durante la vigencia del contrato.
  • Trabajadores víctimas del terrorismo: se bonificará un total de 600 euros al año hasta que finalice el acuerdo.
  • Trabajadores víctimas de la violencia de género: las empresas pueden bonificar 600 euros anuales de las aportaciones a la Seguridad Social durante la vigencia del contrato.

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